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Manifiesto del deporte femenino de Gipuzkoa

CONSIDERANDO:

  • Que la Carta Internacional de la Educación Física y del Deporte (UNESCO/1978), en su artículo 1º estable que "La práctica de la Educación Física y el Deporte es un derecho fundamental de todos", y que el ejercicio de este derecho:
    • es indispensable a la expansión de las personalidades de las personas;
    • propicia medios para desarrollar en los practicantes aptitudes físicas y deportivas en los sistemas educativos y en la vida social;
    • posibilitan adecuaciones a las tradiciones deportivas de los países, mejoramiento de las condiciones físicas de las personas y aun puede llevarlas a alcanzar niveles de performances correspondientes a los talentos personales;
    • debe ser ofrecido, a través de condiciones particulares adaptadas a las necesidades específicas, a los jóvenes, así mismo a los niños de edad preescolar, a las personas de edad, a los deficientes, permitiendo el desarrollo integral de sus personalidades.
  • Que en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (Naciones Unidas/1948) en su Art. 1º declara que "todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos" y en el Art. 2º establece que "todos pueden invocar los derechos y las libertades establecidas en esta Declaración, sin distinción de cualquier especie, sea de raza, color, sexo, lengua, religión, opinión política o de otra naturaleza, origen nacional o posición social, riqueza, nacimiento o cualquier condición".
  • Que la Ley 14/1998, de 11 de junio del Deporte del País Vasco, en su Título I. Artículo 2.- Principio rectores, establece en su apartado ñ) La promoción de las condiciones que favorezcan la integración de la mujer en la práctica deportiva en todos los niveles.
  • Que el Artículo 21(1), de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (18/12/2000) prohibe todo tipo de discriminación.
  • Que hay un reconocimiento histórico y universal de que el Deporte es uno de los medios más eficaces para la conducción de las personas a una mejor Calidad de Vida.
  • Que hay también una aceptación común de que el siglo XXI va a ser el siglo del deporte como fenómeno social de primera magnitud, y que el signo de identidad de los tiempos, será, sin duda, el de la presencia masiva de la mujer en la sociedad y, en consecuencia, en el deporte.
  • Que somos conscientes de que, todavía, las mujeres, como colectivo social y como colectivo deportivo, se encuentran en situación real de desigualdad, aún cuando van tomando progresiva conciencia de sus responsabilidades, de sus derechos y de la necesidad de su intervención activa para el alcance y ejercicio de los mismos.

MANIFESTAMOS:

  • Que reivindicamos el papel que le corresponde a la mujer en el sistema deportivo de Gipuzkoa como exponente de una sociedad avanzada, y, constatamos, que todavía, no se ha conseguido la igualdad plena de oportunidades entre las mujeres y los hombre en el ámbito del deporte, especialmente en el que se refiere al deporte de competición.
  • Que es en el núcleo familiar donde se deben sentar las bases para la igualdad de oportunidades entre hombre y mujeres, por lo que consideramos primordial, que las madres y los padres contribuyan a que sus hijas practiquen el deporte en igualdad de condiciones que sus hijos.
  • Que las federaciones y los clubes deportivos deben asumir y potenciar con naturalidad, que en sus estructuras organizativas y técnicas participen las mujeres en igualdad de condiciones que los hombres.
  • Que los organizadores de eventos deportivos deben trabajar con intensidad para suprimir las discriminaciones entre las mujeres y los hombres. En este sentido, instamos a las Administraciones Públicas a no subvencionar aquellos eventos que incluyan dichas discriminaciones o limiten de cualquier forma la participación de las mujeres y los hombres.
  • Que los equipos femeninos y las deportistas cumplen una función social y de cohesión social, exactamente igual que los equipos y deportistas masculinos, por lo que instamos a los medios de comunicación a que tomen en consideración este hecho y realicen un tratamiento adecuado de la información deportiva al respecto.
  • Que las deportistas y los equipos femeninos, constituyen potencialmente un soporte publicitario, al menos, de tanto valor como los equipos y deportistas masculinos, por lo que proponemos al tejido empresarial que valore seriamente, la inversión en forma de patrocinios en el deporte femenino y a que incremente, sustancialmente, su actual presencia en el sector.
  • Que son las Administraciones Públicas las primera instituciones que deben garantizar la igualdad de oportunidades entre hombre y mujeres en la práctica deportiva de cualquier ámbito. En este sentido, pedimos a dichas Administraciones que trabajen decididamente para proponer las medidas necesarias destinadas a propiciar dicha igualdad, especialmente en el ámbito del deporte de competición.
  • Por último, decimos que somos las propias mujeres y las entidades en las que estemos encuadradas, las que debemos asumir plenamente nuestras potencialidades y ocupar decididamente, los espacios que nos corresponden en el ámbito competitivo, tanto en la dirección de las entidades, como en la función técnica.

Donostia-San Sebastián, 22 de noviembre de 2001

  • Club Ipurua de Gimnasia Rítmica de Eibar
  • S.A.D. Real Sociedad de Donostia- San Sebastián
  • Txingudi S.B.T. del Consorcio Bidasoa-Txingudi
  • Hegoalde F.T. de Tolosa
  • Atlético Bera Bera de Donostia-San Sebastián
  • Atlético de San Sebastián



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